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Para el Consejo de Estado, no se probó que el atentado al Club El Nogal del 7 de febrero de 2003 fuera imputable al Estado

Escrito por  Dic 14, 2023

Para la Sala, el contexto de alteración de orden público existente para la época en la que ocurrieron los hechos no demuestra que las entidades demandadas del Estado pudieron prever y prevenir la ocurrencia del ataque terrorista dirigido contra las instalaciones de El Nogal. “Para ello, era necesario que la parte demandante acreditara que el Estado había tenido conocimiento de información que le permitiera inferir de manera razonable que las FARC iban a realizar un atentado contra dicho inmueble, lo cual no ocurrió”.

En conclusión, la Sala estimó que ninguna de las entidades demandadas tuvo conocimiento o pudo tener conocimiento previo del atentado que las FARC estaba planeando contra el Club El Nogal y que se ejecutó el 7 de febrero de 2003. Por lo tanto, debido a que dicho ataque terrorista era un hecho imprevisible para el Estado, se configuró el eximente de responsabilidad consistente en el hecho de un tercero. Esta conclusión concuerda con la expresada en el fallo de tutela de la Corte Constitucional, el cual es analizado a través de esta providencia.

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Modificado por última vez en Miércoles, 13 Diciembre 2023 19:43