Los depósitos ahorro a la vista o a término, entre estos últimos los certificados de depósito de ahorro a término -CDAT- hacen parte de las secciones de ahorro de los establecimientos de crédito (bancos, corporaciones financieras, compañías de financiamiento y cooperativas financieras), en tanto que los certificados de depósito a término -CDT- que por su naturaleza aparejan las características de una inversión y son calificados por el legislador como “valores”, son administrados por los establecimientos de crédito autorizados para emitirlos a través de su sección comercial.