La Entidad precisó que la integración de la junta directiva de la ESE Hospital Hernando Moncaleano Perdomo, cuenta con una regulación específica, la cual inicialmente está contenida de forma general en el artículo 2.5.3.8.4.2.3 del Decreto 780 de 2016, y particularmente en la Ordenanza 54 de 1998 y el Acuerdo 27 de 2006, disposiciones estas que no prevén que el decano de la facultad de salud de la universidad Surcolombiana pueda tener un delegado ante la junta directiva de la institución hospitalaria.