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Sala de Consulta del CE determinó que la Procuraduría es la autoridad competente para adelantar un proceso disciplinario en contra de un auxiliar de la justicia

Escrito por  Ago 13, 2023

La Sala analizó la regla especial de competencia en los procesos disciplinarios según la Ley 1952 de 2019 y precisó que los conflictos de competencia que se presenten entre autoridades que deban conocer de una actuación disciplinaria, en cualquiera de sus instancias, se regulan

por una norma especial contenida en el artículo 99 de la Ley 1952 de 2019; no obstante, para la Sala “en el presente asunto no cabe aplicar esta disposición, debido a que las autoridades a las que concierne el conflicto planteado, esto es, la Procuraduría Regional de Instrucción del Meta y la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Meta no tienen un superior común”.

La Sal concluyó que la autoridad competente para conocer y asumir la investigación disciplinaria en contra del agente liquidador del Fondo Ganadero del Meta S.A, por presuntas irregularidades en un contrato de Fiducia, es la Procuraduría General de la Nación, a través de la Procuraduría Regional de Instrucción del Meta.

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