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Consideraciones de la SuperSociedades sobre los casos en los que las cámaras de comercio deben abstenerse de efectuar la renovación de la matrícula mercantil, entre ellas, cuando los comerciantes incumplen las normas de uso de suelo

Escrito por  Jun 29, 2023

A través del presente concepto, la Entidad analiza lo dispuesto en la Circular Externa 100-000002 de 25 de abril de 2022, donde señaló los casos en los que las cámaras de comercio se abstendrán de efectuar la renovación de la matrícula mercantil o la inscripción de actos, libros

y documentos, según aplique.

“Del estudio de la norma antes transcrita, en especial de los artículos 1.1.9.1. y 1.1.9.8. queda clara la obligación que tienen las cámaras de comercio de abstenerse de registrar cuando los comerciantes incumplen las normas de uso de suelo, en otras palabras, estos deben ubicarse en un lugar donde el Plan de Ordenamiento Territorial de la Ciudad o las normas que lo reglamentan, lo permita y en la obtención del certificado de uso del suelo en el bien que se pretende desarrollar la actividad. Todo esto, por cuanto la Ley 232 de 1995 señala como requisito para el funcionamiento de los establecimientos abiertos al público el cumplimiento de las normas de uso de suelo.

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