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Las normas aplicables a las causales de suspensión de la subasta, fueron revisadas por Colombia Compra

Escrito por  Jun 20, 2023

La Ley 1150 de 2007 que trajo consigo la utilización de las subastas en los diferentes Procesos de Contratación, no contempló una regulación específica para ello. Sin embargo, el Decreto 1082 de 2015, en su artículo 2.2.1.2.1.2.6, contempló que cuando se presenten fallas

técnicas durante la subasta inversa electrónica la Entidad Estatal debe suspender el evento y una vez haya superado la falla técnica deberá reiniciar la subasta.

Sobre las fallas técnicas, el artículo en mención indicó que aquellas que ameritan suspensión son aquellas que impiden a los oferentes presentar sus Lances, pero si aquella se da por causas imputables al oferente o a su proveedor de soluciones de tecnología de la información y telecomunicaciones, como lo es la perdida de conexión con el sistema, la subasta continuará y la Entidad Estatal entiende que el proveedor que pierde su conexión ha desistido de participar en la misma.

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Modificado por última vez en Lunes, 19 Junio 2023 22:07