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SuperSociedades absolvió una consulta relacionada con la forma de interpretar la expresión “estados financieros que fueren pertinentes” contenida en el artículo 45 de la Ley 222 de 1995

Escrito por  Jun 05, 2023

La Entidad preció los conceptos de Estados financieros con propósito general, Estados financieros extraordinarios y Estados financieros especiales. “El Decreto 2420 de 2015, incorpora el nuevo marco técnico contable de información financiera, aplica para la elaboración de los

estados financieros de propósito general, término que incluye los estados financieros intermedios, cuando estos sean obligatorios, o se elaboran de forma voluntaria, dichas normas también pueden ser utilizadas para elaborar otro tipo de reportes financieros, que sean preparados de forma voluntaria u obligatoria por las entidades. Los estados financieros de propósito general son los que pretenden atender las necesidades de información financiera de un amplio espectro de usuarios que no están en condiciones de exigir informes a la medida de sus necesidades específicas de información (tomado del anexo 2 del DUR 2420 de 2015 párrafo P8). Lo anterior incluye estados financieros de fin de ejercicio, o de periodos Intermedios”.

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