distinción radica en que el primero se centra en la realización de estudios, diseños y asesoría técnica al control y supervisión de proyectos, así como en la interventoría, gerencia y dirección de obras o proyectos, actividades cuyo común denominador es de marcada índole técnica acompañada de un matiz de especialidad; mientras que la prestación de servicios, que tiene un rango más general de cobertura, gira en torno al desarrollo de actividades relativas a la administración o funcionamiento de la entidad, que pueden o no incluir actividades técnicas, profesionales o no”.
En los antecedentes que justificaron el negocio jurídico materia de esta controversia, se observa que el documento denominado “insumo de contratación”21 indicó que la necesidad a suplir a través de dicho proceso de selección consistía en la implementación de estrategias de permanencia educativa, mediante la aplicación de acciones focalizadas y regionalizadas, construidas a partir de las causas de deserción estudiantil identificadas en las distintas ETC –entidades territoriales certificadas en educación-.