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Concepto de la Contraloría General de la República relativo a la vigilancia y control de los servicios de alumbrado público

Escrito por  Abr 19, 2023

La Entidad analiza, primeramente, el contexto normativo de la definición de alumbrado público; el marco jurídico del control fiscal al alumbrado público. Concluye el concepto que “el control fiscal a los recursos correspondientes al alumbrado público les corresponde a las

contralorías en sus respectivos ordenes territoriales y a la Contraloría General de la República, de manera excepcional”.

“A la luz del nuevo marco jurídico del control fiscal a los recursos del alumbrado público para la Contraloría General de la Republica constituiría un objeto de control fiscal, entendiendo por este, las actividades, acciones, omisiones, operaciones, procesos, cuenta, contrato, convenio, proyecto, programa, acto o hecho, y los demás asuntos que se encuentren comprendidos o que incidan directa o indirectamente en la gestión fiscal o que involucren bienes, fondos o recursos públicos, así como el uso, explotación, exploración, administración o beneficio de los mismos, toda vez que el control fiscal de los entes territoriales como sujetos de la función fiscalizadora les corresponde a las contralorías en sus respectivos ordenes, de conformidad con las normas constitucionales, legales y reglamentarias expedidas por el contralor general de la República”.

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