“Las Entidades Empresariales sometidas a vigilancia o control que, a 31 de diciembre de 2022, determinen que no cumplen con la hipótesis de negocio en marcha o se encuentren adelantando un proceso de liquidación voluntaria, deben atender lo dispuesto en la Circular Externa
100-000006 de 9 de noviembre 2018. Por lo tanto, las Entidades Empresariales obligadas que adelanten un proceso de liquidación voluntaria, deben atender los parámetros dispuestos en la Circular Externa 100-000006 de 9 de noviembre 2018, proferida por la Superintendencia de Sociedades”.
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