destinadas al pago de indemnizaciones en beneficio de los municipios de los departamentos de Bolívar, Atlántico y Magdalena.
Para la Sala, si bien en los actos acusados se establece que “la Contraloría tiene el deber de expedir reglamentos comerciales relativos a la administración y explotación marina, se aclara que la finalidad de esta demanda no es que se reglamente ninguna cuestión. Tampoco se encuentra esta entidad dentro de las accionadas. A ello se añade que no contiene la orden que el actor indica. De conformidad con lo expuesto, las normas estudiadas en este acápite no contienen el mandato que el actor solicita que se ordene atender. Algunas incluso ni siquiera guardan relación alguna con la pretensión objeto de estudio”.