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CE declaró improcedente acción que buscaba que se incluyeran en las Leyes de presupuesto del 2022 y 2023 las partidas para pagar indemnizaciones “por tener en su poder el monopolio de la sal marina” en Bolívar, Atlántico y Magdalena

Escrito por  Mar 28, 2023

Lo pretendido por el actor es que en cumplimiento del artículo 130 de la Ley 4 de 1913 y el parágrafo del artículo 9 de la Ley 264 de 1938, se les ordenara a varias entidades expedir las Leyes de presupuesto de las vigencias del 2022 y 2023 con partidas presupuestales

destinadas al pago de indemnizaciones en beneficio de los municipios de los departamentos de Bolívar, Atlántico y Magdalena.

Para la Sala, si bien en los actos acusados se establece que “la Contraloría tiene el deber de expedir reglamentos comerciales relativos a la administración y explotación marina, se aclara que la finalidad de esta demanda no es que se reglamente ninguna cuestión. Tampoco se encuentra esta entidad dentro de las accionadas. A ello se añade que no contiene la orden que el actor indica. De conformidad con lo expuesto, las normas estudiadas en este acápite no contienen el mandato que el actor solicita que se ordene atender. Algunas incluso ni siquiera guardan relación alguna con la pretensión objeto de estudio”.

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