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Para la Corte existió una exclusión injustificada por parte del legislador al regular las licencias de maternidad, paternidad, parental compartida y parental flexible, en relación con las parejas adoptantes del mismo sexo

Escrito por  Mar 14, 2023

A través de esta providencia la Corte Constitucional reiteró brevemente la jurisprudencia sobre omisión legislativa relativa, se refirió a la orientación sexual diversa en la jurisprudencia constitucional y al impacto de la heteronormatividad en las licencias parentales, así como

frente a las licencias de maternidad y paternidad y el deber de protección a la niñez y, tras fijar el contexto y alcance de la disposición impugnada, esto es el artículo 2 de la Ley 2114 de 2021 determinó que se configuró la omisión legislativa relativa.

La Sala declaró exequible el artículo 2 de la Ley 2114 de 2021, bajo el entendido de que la pareja adoptante del mismo sexo definirá, por una sola vez, quien de ellos gozará de cada prestación en las mismas condiciones previstas para las familias heteroparentales adoptantes.

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