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Consejo de Estado negó nulidad de unos autos expedidos por MinAmbiente que declararon la inviabilidad jurídica del Diagnóstico Ambiental de Alternativas para el proyecto denominado "Río Sinú" en la ubicación declarada por la Empresa URRÁ S.A E.S.P

Escrito por  Mar 13, 2023

Para la Sala, que la petición presentada por la parte de la Empresa URRÁ S.A E.S.P. que conllevó a la expedición de los actos demandados, pretendía el pronunciamiento de la parte demandada (MinAmbiente y otras) sobre la necesidad de elaborar y presentar el Diagnóstico

Ambiental de Alternativas para el proyecto denominado “Río Sinú”, el cual estaría localizado en la jurisdicción del Parque Nacional Natural Paramillo que forma parte del Sistema de Parques Nacionales Naturales y que goza de una especial protección constitucional.

El Auto 3472 de 2008 en sus considerandos, al citar textualmente el concepto técnico emitido por el Ministerio de Ambiente (No. 2113 de 20 de noviembre de 2008), que se basó en el concepto previo expedido por la Dirección General de Parques Nacionales Naturales de Colombia (No. 4120-E1-102028 de 5 de septiembre de 2008), refiere a los aspectos técnicos que sustentan una inviabilidad jurídica de adelantar proyectos de infraestructura en las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales, en razón a que, para el caso concreto, el parágrafo del artículo segundo del Acuerdo 24 de 1977 que excluyó del régimen de Parque Nacional Natural Paramillo, en particular de las prohibiciones establecidas en dicho artículo, las áreas que vayan a ser inundadas por los embalses previstos para el desarrollo eléctrico del Río Sinú, junto con las zonas de construcción que sean necesarias para tal fin, disposición anterior a la Constitución de 1991, es manifiestamente incompatible con el artículo 63 ibidem, cuyo alcance, significado e importancia, en concordancia con otras disposiciones constitucionales, en relación con el Sistema de Parques Nacionales Naturales, ha venido definiendo la jurisprudencia de la Corte Constitucional, cuyas sentencias han sido citadas y transcritos literalmente algunos de sus textos en apartes anteriores de esta providencia.

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