legítima y acto propio […]”los cuales estimó vulnerados, en síntesis, como consecuencia de la terminación del contrato de “concesión del servicio educativo en la institución educativa Francisco de Paula Santander, celebrado entre el municipio de Valledupar – Secretaría de Educación Municipal y la Corporación Educativa Minuto de Dios, así como a raíz de la adjudicación de los servicios educativos para esa misma institución educativa en favor de la Diócesis de Valledupar, sin que se hubiese efectuado la liquidación del negocio jurídico anteriormente mencionado, ni la “debida socialización a la comunidad, en especial a los padres de familia de la Institucion Educativa Mayor de Valledupar Cesar Pompeyo”