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Aguas de Cartagena S.A. E.S.P. se encuentra obligada a cancelar la cuota de fiscalización para la vigencia fiscal de 2005: Consejo de Estado

Escrito por  Ene 17, 2023

La sociedad Aguas de Cartagena S.A. E.S.P. ─empresa de servicios públicos domiciliarios mixta─ manifestó que no era sujeto pasivo de la cuota de fiscalización pues no podía ser considerada como una entidad descentralizada a las que se refiere el artículo 11 parágrafo de la

Ley 617, de un lado, por no ser una sociedad de economía mixta y, de otro lado, al no estar aquel tipo de empresas ─empresa de servicios públicos domiciliarios mixta─ enunciadas por la Ley 489 como entidades de aquel tipo ─entidades descentralizadas─.

La Sala advirtió, en relación con el mencionado argumento de apelación, que en oportunidad anterior consideró, contrario al citado razonamiento, que la hoy demandante, al ser sujeto pasivo de control fiscal también lo es de la cuota de fiscalización. En efecto, esta Sala, en sentencia de 15 de diciembre de 2016 -postura que se reitera en esta providencia-, resaltó que AGUAS DE CARTAGENA S.A. E.S.P. era una empresa de servicios públicos domiciliarios mixta «[…] por ser sus accionistas el Distrito de Cartagena (51%) y una sociedad de carácter privado (49%)22, por tanto, maneja o cuenta con recursos provenientes del erario distrital y está sujeta al ejercicio del control fiscal previsto en la Constitución, conforme ella misma lo reconoce”.

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