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Consejo de Estado determinó que el Hospital Naval de Cartagena está obligado a indemnizar a un usuario que perdió la visión de su ojo derecho

Escrito por  Ene 11, 2023

“El 7 de mayo de 2004, el cuerpo médico del Hospital Naval de Cartagena le practicó a la víctima una cirugía de cataratas en el ojo derecho, la cual fue suspendida por “no dilatación de la pupila”. Por ello, en fecha indeterminada, el médico tratante del Hospital Naval de

Cartagena ordenó remitir al paciente al Hospital Militar de Bogotá. Posteriormente, el 13 de julio de 2004, el personal médico del Hospital Militar de Bogotá le diagnosticó pérdida total de la visión de su ojo derecho. Finalmente, el 14 de julio de 2004, el paciente asistió a una consulta médica en el Hospital Militar de Bogotá y el médico tratante le indicó que no había “alternativa de recuperación funcional y anatómica mediante procedimiento quirúrgico” de la visión en dicho ojo. Los demandantes consideran que el Ministerio de Defensa – Dirección General de Sanidad Militar – Hospital Militar de Cartagena es patrimonialmente responsable por la pérdida de visión del ojo derecho”