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“Exigir que un contador o revisor fiscal certifique los documentos financieros del participante, no significa que se obligue a una sociedad extranjera a adecuarse en un todo y de forma permanente a las normas de contabilidad de otro territorio”: CE

Escrito por  Ene 11, 2023

La Sala absolvió el siguiente interrogante: ¿En el marco de acreditación de los requisitos habilitantes de sociedad extranjera, era necesario que un contador nacional certificara los estados financieros implicándose el artículo 22.4 de la Ley 80 de 1993?. “Una unión temporal –

integrada por una sociedad nacional y otra extranjera– participó en una licitación pública; sin embargo, su propuesta fue descalificada por no cumplir con los requisitos habilitantes; los demandantes pretenden la nulidad del acto de adjudicación por considerar que sí acreditaron los requisitos habilitantes ya que los documentos financieros de la sociedad extranjera cumplían con las normas de contabilidad del país de origen, y que se declare su propuesta como la mejor y se le restablezcan los derechos que le asisten.”.

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