medio del cual se declara la no procedencia de una compensación económica; y ii) auto de decisión núm. 0698/ARECI-GRAQA de 12 de marzo de 2009, por el cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto contra el auto núm. 3753/ARECI-GRAQA de 6 de noviembre de 2008, expedidos por el Jefe del “Área de Erradicación de Cultivos Ilícitos” de la Dirección Antinarcóticos de la Policía Nacional. También para que, como consecuencia de la nulidad, se condene, a título de restablecimiento del derecho, a la reparación del daño, ocasionado por el envenenamiento de los cultivos lícitos, por vía de la indemnización integral”.