tabla del anexo 4 del contrato. Alegó que el Tribunal hizo una interpretación incorrecta de este grupo de pretensiones”.
“El Tribunal Arbitral no dejó de pronunciarse sobre cuestiones sujetas al proceso, pues a su juicio no se demostró un incumplimiento frente a los estándares dispuestos en la cláusula 9.2 y la tabla 9.1 del anexo 14 y, por ello, negó las pretensiones frente a la omisión en el reemplazo de los tramos de tubería supuestamente afectados. No corresponde al juez del recurso de anulación determinar si la interpretación de la demanda fue correcta, pues, se reitera, este recurso tiene fundamento en errores de procedimiento y no en aspectos sustanciales de la controversia, que las partes, en virtud de la cláusula compromisoria o el compromiso, delegaron en la justicia arbitral. En consecuencia, la causal no prospera”.