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CE declaró de oficio la excepción de falta de jurisdicción en demanda que buscaba reparación de un daño consistente en la imposibilidad de explotación de una zona adquirida por el INCO vía expropiación,por razón de la construcción de una obra pública

Escrito por  Oct 28, 2022

 La Sala concluyó que no prospera el recurso de apelación ya que, si bien no había lugar a la declaración de la excepción de pleito pendiente por no reunirse los requisitos para ello, sí prospera de oficio la excepción de falta de jurisdicción por razón de que corresponde a juez

civil conocer lo relativo a los daños causados por la afectación por obra pública al propietario de un inmueble respecto del cual se ha ordenado la expropiación por vía judicial, aspecto que incluye el reconocimiento y tasación de los respectivos perjuicios que se hubieren causado.

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