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Análisis del Consejo de Estado en cuanto a la declaratoria de nulidad del acto de liquidación unilateral en materia contractual, con base en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007

Escrito por  Oct 25, 2022

“Las partes celebraron un contrato de obra, culminado el plazo de ejecución la entidad contratante declaró el incumplimiento del contratista e hizo efectiva la cláusula penal pecuniaria, además, liquidó unilateralmente el contrato con saldo a favor de departamento de Córdoba. El

contratista pretende la nulidad de los actos administrativos para que se efectúe el cruce de cuentas que corresponda”.

La Sala declaró parcialmente probada la excepción de “incumplimiento de las obligaciones contractuales” según se motivó. También declaró liquidado judicialmente el contrato, con saldo en contra de los integrantes del consorcio del consorcio Pavimentos de Córdoba (consorcio Pavicor) –ZR Ingeniería SA, Never José Díaz Cerpa, Marco Tulio González Hernández y Yamil de Jesús Hemer Nájera– y en favor del departamento de Córdoba por la suma de mil trescientos ochenta y cuatro millones doscientos treinta y un mil ciento veintiocho pesos ($1.384.231.128), en los términos expuestos en la parte motiva de esta providencia.

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