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SSPD aclaró disposiciones sobe el interés corriente a devolver a los suscriptores cuando se incurre en cobros no autorizados o indebidos

Escrito por  Oct 05, 2022

A través del presente concepto se indicó que, los intereses corrientes, se causarán a una tasa mensual igual al promedio de las tasas activas del mercado que se encuentren vigentes para el respectivo mes en que se reconocen los intereses. El promedio de las tasas del mercado

corresponde al interés bancario corriente efectivo anual, para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia o quien haga sus veces.

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