eventualmente, podrán ser sujetos de la imposición de las sanciones establecidas en la Ley 1952 de 2019, como consecuencia del incumplimiento a su deber funcional.
La SSPD indicó que, ante el incumplimiento de las disposiciones aplicables a los trámites de recurso de apelación, recurso de queja y silencio administrativo positivo por parte de los funcionarios de esta Superintendencia a cargo de estos trámites, estos funcionarios,
eventualmente, podrán ser sujetos de la imposición de las sanciones establecidas en la Ley 1952 de 2019, como consecuencia del incumplimiento a su deber funcional.