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Consejo de Estado no avoca conocimiento Circular CRA en la que aplicó medidas en desarrollo de estado emergencia para disminuir temporalmente la cotización al SGP, bajo la modalidad de retiro programado

Escrito por  Ago 11, 2020

En el contenido de la Circular se impartieron lineamientos que deben tener en cuenta los contratistas respecto a la cotización en el sistema general de pensiones. El Despacho considera que la Circular núm. 010 de 5 de mayo de 2020 no es una medida de carácter general comoquiera que está dirigida a personas determinables, como son: Director Ejecutivo, Expertos Comisionados,

subdirectores, jefes de oficina, supervisores y contratistas de la CRA. La Circular indicó en sus literales a), b) y c) unos aspectos para tener en cuenta por parte de los contratistas que opten por acogerse al alivio del Artículo 3° del Decreto Legislativo 558 de 2020, relacionados con la cotización en el sistema general de pensiones. El Despacho considera que la circular no cumple con el requisito de ser una medida de carácter general por cuanto no se dirige a una pluralidad indeterminada de personas.

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Modificado por última vez en Miércoles, 11 Noviembre 2020 16:41