SGR que se refieren al reconocimiento de los costos de estructuración y de la expedición del concepto de viabilidad de los proyectos de inversión del Sistema General de Regalías.” Lo anterior, por cuanto la entidad beneficiaria, con la suscripción del “documento de acuerdo” no adquiere compromiso presupuestal alguno, en tanto el derecho a reconocimiento de los costos de estructuración solo tiene lugar en el momento en el que el proyecto sea aprobado y cumpla con los requisitos para la ejecución por la instancia respectiva.