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Consejo de Estado declaró nulo un aparte del Acuerdo de la CNTV, que estableció el valor de la compensación que deben cancelar los operadores del Servicio Público de Televisión por Suscripción

Escrito por  Jun 17, 2022

Se demandó la legalidad del Acuerdo No. 006 de 2010 expedido por la CNTV, “Por medio del cual se modifican las condiciones de acceso a la prestación del Servicio Público de Televisión por Suscripción, la tarifa de Compensación que deben cancelar los Operadores de este servicio a la Comisión de Televisión”, “en razón a que, en

criterio del actor, sin sustento alguno, la CNTV disminuyó la tarifa de un 10% de los ingresos brutos mensuales por la prestación del servicio, a una del 7%. Adicionalmente, estableció una tarifa del 10% sobre los ingresos brutos mensuales por publicidad del servicio de televisión por suscripción”. Para la Sala, “el cargo de falta de motivación está llamado a prosperar, en vista que para establecer una compensación mensual del 10% de los ingresos mensuales por concepto de pauta publicitaria, la CNTV omitió realizar algún análisis o estudio que sirva como fundamento técnico o jurídico, dentro de las consideraciones o de los antecedentes administrativos del acto demandado”.

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