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Consejo de Estado declaró la nulidad parcial de un acto de MinProtección, dado que, dentro de las medidas de pago de los recobros al FOSYGA, el incumplimiento del plazo previsto conlleva la causación de intereses moratorios

Escrito por  Jun 13, 2022

La Sala resaltó que conforme con el parágrafo 5 del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007, el legislador impuso de forma expresa que, cuando las EPS no paguen dentro de los plazos establecidos los recursos correspondientes a las IPS por los servicios de salud que prestan, estarán obligadas a reconocer intereses de mora. El Consejo de Estado declaró la nulidad parcial de la Resolución 1275 de 2011 del Ministerio de la Protección Social, por cuanto dentro de las medidas de pago de los recobros al FOSYGA, el incumplimiento del plazo previsto conlleva la causación de intereses moratorios, de ahí que no es viable que se prevea que la entidad reguladora pueda exigir la renuncia a cualquier tipo de interés y otros gastos para poder acceder al pago de la obligación principal.

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Modificado por última vez en Jueves, 16 Junio 2022 22:15