República para adoptar o decretar por solicitud de una autoridad interna o de otro Estado las medidas de "búsqueda de bienes", "embargo preventivo" o "incautación" y "decomiso", cuyo marco sea el desarrollo de procesos penales, toda vez que su competencia en el ordenamiento colombiano radica en cabeza de las autoridades penales, en los ámbitos judicial y de investigación criminal, como pueden ser la Fiscalía General de la Nación y la Policía Nacional”.