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Corte Constitucional: cuando los entes territoriales omiten sus deberes y no proporcionan la alimentación a las personas privadas de la libertad, vulneran sus derechos fundamentales a la salud, la vida e integridad personal

Escrito por  Abr 29, 2022

La Alta Corte recordó que el Auto 110 de 2020, “dispuso que a los entes territoriales les correspondía garantizar el suministro de la alimentación diaria y permanente de las personas con medida de aseguramiento de detención preventiva que se encuentran en establecimientos de reclusión o en centros de detención transitoria, con el componente nutricional requerido.

Esta disposición se debía aplicar en todo el país”.

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