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Consejo de Estado, confirmó decisión a través de la cual se declaró infundado el recurso de anulación contra un laudo arbitral que dirimió controversias entre Geycom Gestión y Consultoría y el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta

Escrito por  Mar 30, 2022

Para el demandante El Consejo de Estado, Sección Tercera, vulneró los derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia al declarar infundado el recurso extraordinario de anulación interpuesto y no advertir que en el proceso arbitral se debió separar del cargo al presidente del tribunal de arbitramento por el supuesto interés en el proceso y la

relación cercana con una de las partes. Para la Sala “los árbitros consideraron que no era viable deducir a partir de unas imágenes y videos en los cuales aparecía el árbitro recusado con candidatos a la alcaldía del Distrito Turístico, Histórico y Cultural de Santa Marta y la gobernación del Magdalena, existía una relación de carácter personal entre ellos que pudiera afectar su imparcialidad en la decisión que se fuese a adoptar en el laudo. Agregó que la candidatura del señor Avendaño Calvo se encontraba avalada por una coalición de partidos que no eran los de los candidatos electos, por lo que la afirmación del recusante carecía de veracidad”.

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Modificado por última vez en Miércoles, 30 Marzo 2022 11:41