Publicamos el texto de la providencia de la Corte a través de la cual ordenó a la Secretaría de Tránsito, Transporte y de la Movilidad de Ibagué “que en un término no superior a seis (6) meses, presente ante el juez que conoció en primera instancia de la causa de la referencia un cronograma donde se establezcan las acciones “reales y concretas” que se llevaran a cabo para lograr la implementación de nuevos dispositivos auditivos en los puntos de mayor circulación de la ciudad y/o donde se advierta la presencia de importantes centros de comercio, recreación, educación y salud en los que pueda evidenciarse una movilización frecuente de la población para poder acceder a dichos bienes y servicios. Sobre el particular, puntualiza la Sala que el referido cronograma deberá atender a los lineamientos previstos de la sentencia T-269 de 2016 a la cual se hizo expresa mención en la presente decisión”.