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Laudo Arbitral resolvió diferencias entre CERROMATOSO VS la ANM y declaró que,para valorar las Inversiones Sociales, la Agencia debía considerar tanto los costos directos como los indirectos, principal motivo de controversia, en un Contrato de Aporte

Escrito por  Ene 14, 2022

El Laudo Arbitral resolvió las diferencias entre CERRO MATOSO S.A. (convocante) y la Agencia Nacional de Minería ANM (convocada), declarando que para efectos de valorar las Inversiones Sociales la autoridad minera debía tener en cuenta tanto los

costos directos como los indirectos en los que se ha incurrido para su realización, que era el principal motivo de controversia entre las partes en la ejecución de un Contrato de Aporte. En éste se declaró la nulidad de los actos administrativos contenidos en un Auto de mayo de 2020 y en una Resolución agosto de 2020, proferidos por la Vicepresidencia de Seguimiento, Control y Seguridad Minera de la ANM, por varias causales, considerando tales actos administrativos como actos definitivos y no de trámite. Igualmente dispuso que el Edificio Zimará, ubicado en el municipio de Montelíbano- Córdoba, era de propiedad de la sociedad CERRO MATOSO S.A. hasta antes de la fecha de su donación en favor del SENA el 21 diciembre de 2016, y, que, en consecuencia, CERRO MATOSO S.A. tenía libre disposición sobre dicho activo para efectuar la donación aludida.

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Modificado por última vez en Viernes, 14 Enero 2022 09:45