haciendo alusión al candidato distinto del partido Cambio Radical que: «esperamos que ustedes también lo rodeen el próximo 27 de octubre generándole una gran participación electoral», como se dejó arriba transcrito”.
Para la Sala, “se estructuró el elemento fundamental de la prohibición de la doble militancia (inciso segundo del artículo 2º de la Ley 1475 de 2011), al acreditarse con las pruebas aportadas al proceso el apoyo endilgado a favor de Jaime Torres Suárez, de parte del señor Mayorga Mancera a las aspiraciones políticas de aquel, pues en su intervención expresó,
haciendo alusión al candidato distinto del partido Cambio Radical que: «esperamos que ustedes también lo rodeen el próximo 27 de octubre generándole una gran participación electoral», como se dejó arriba transcrito”.