la administración estima la base imponible no declarada con fundamento en la última declaración de renta”. “Lo anterior, sin perjuicio de que el contribuyente aporte pruebas que permitan establecer que su patrimonio líquido no corresponde con el declarado en el impuesto de renta. Esta Sala en reciente sentencia del 12 de junio de 2019, se pronunció frente a la estimación indirecta de la determinación del impuesto al patrimonio, en los siguientes términos”.