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Consejo de Estado revocó auto a través del cual se vinculó a la ANM como litisconsorte necesario de la parte pasiva, en el que se discutió un asunto de titulación, exploración y explotación minera

Escrito por  Oct 06, 2021

 La Sala indicó que, en efecto, la ANM como autoridad minera concedente, mediante Resolución 0271 del 18 de abril de 2013 (la cual fue prorrogada por la Resolución 660 del 6 de noviembre de 2017), delegó en la Gobernación de Antioquia, las funciones de tramitación de contratos de concesión, así como aquellas funciones de seguimiento y control que no

correspondieran al Ministerio de Minas. “La demanda apunta única y exclusivamente contra el trámite y la decisión adoptada por el delegatario, relativo a las facultades que tenía para concertar y resolver cuáles áreas del municipio de San Vicente Ferrer eran susceptibles de titulación minera y cuáles no. En ese sentido, no se invoca cargo alguno en contra de la autoridad minera del orden nacional en su calidad de delegante, no se censura su gestión, ni tampoco se pone en entredicho el acto de delegación, con proyección directa sobre los vicios que se endilgan al acto para promover la declaratoria de nulidad”.

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