providencia del 25 de septiembre de 2019, por medio de la cual se rechazó el recurso por extemporáneo”.
La Sala consideró que “el recurso de apelación presentado por la sociedad Slots Games S.A.S. el 30 de noviembre de 2017 contra la sentencia del 9 de noviembre de esa misma anualidad, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, fue interpuesto dentro de la oportunidad procesal indicada en primera instancia, por lo cual, se revocará la
providencia del 25 de septiembre de 2019, por medio de la cual se rechazó el recurso por extemporáneo”.