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Consejo de Estado declaró nula la Liquidación Oficial de Revisión proferida por la DIAN, presentada por la Drummond Colombia Ltd. mediante las cuales se modificó la declaración del impuesto sobre la renta del año 2009

Escrito por  May 17, 2024

Si bien la demandada (Dian) cuestiona que la venta a los consumidores finales no fue efectuada por la actora (Drummond), de manera que el gasto de comercialización debió ser sufragado por quien hizo la reventa del carbón (Interocean), para la Sala, “lo cierto es que la razón de esta situación fue explicada con suficiencia, y consistió en que su compradora (Interocean) no tuvo utilidad en la operación, pues su participación en la operación era solo para que asumiera los riesgos de la fluctuación del precio del carbón, protegiéndose mediante operaciones de cobertura con entidades financieras extranjeras, las cuales no podía realizar la actora, debido a las restricciones del régimen cambiario habida cuenta de que tiene la naturaleza de sucursal. En criterio de esta Sección, la deducibilidad de las expensas parte de una relación entre esta y la actividad generadora de la renta, lo que supone, naturalmente, una cuestión de hecho que exige prueba sobre el particular”.

La Sala precisó que con el análisis de los gastos operacionales de ventas en $131.676.440.000 efectuados con su vinculada económica del exterior por concepto de comisiones por ventas. Cuestionó la demandada que el tribunal hubiera concluido sobre la procedencia de las comisiones únicamente con base en el artículo 121 del ET, “sin verificar el cumplimiento de los requisitos del artículo 107, a esos efectos señaló que, tratándose de operaciones entre vinculados las deducciones debían observar el principio de plena competencia previsto en el artículo 260-1, de suerte que para aceptar la procedencia de las expensas deban verificarse los requisitos de causalidad, necesidad y proporcionalidad en armonía con el estudio de precios de transferencia, lo cual no fue acreditado en el plenario”.

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Modificado por última vez en Jueves, 16 Mayo 2024 19:26