“La Sala advierte que, ante la declaratoria de inexequibilidad de la referida norma por parte de la Corte Constitucional, en el presente asunto se configuró la carencia actual de objeto por el acaecimiento de una situación sobreviniente, la que, como quedó establecido, se presenta cuando surge una situación –que no debe tener origen en la actuación de la accionada, en este caso la Fiscalía General de la Nación– que hace que “la protección solicitada no sea necesaria”, tal y como ocurre en presente asunto”.