reclamaciones”.
Para la Sala no se acreditó la antijuricidad del daño y confirmó la sentencia desestimatoria proferida por el Tribunal Administrativo de Antioquia. “Sostuvo que, dado que el demandante no aportó el expediente penal completo ni dio muestras de que hubiera realizado algún esfuerzo con ese fin, la corporación judicial no contaba con los instrumentos suficientes para examinar estas
reclamaciones”.