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Corte rechazó solicitud de modulación de una sentencia de tutela del año 2017, que fue elevada por el Comité Permanente para la Garantía del Agua Potable del Acueducto Regional de la Mesa, Quipile y Anapoima

Escrito por  Jul 27, 2021

Se solicitó la modulación de la Sentencia T-475/17. “El Comité Permanente para la Garantía del Agua Potable del Acueducto Regional de la Mesa, Quipile y Anapoima le solicitaron a la Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca que, “dada la imposibilidad de proveer 50 litros de agua diarios por persona y teniendo en cuenta los innumerables esfuerzos administrativos,

técnicos y financieros hechos por las entidades públicas de la orden antes referida”, procediera a modular la tercera orden dictada en el referido fallo”. “La precitada Corporación decidió remitir la anterior petición a la Corte Constitucional, para que se encargue de responder la petición de modulación descrita. Se RECHAZA la petición presentada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca a propósito de la petición elevada a su turno por el Comité mencionado. No obstante, lo anterior, la Corte estimó necesario llamar la atención del juez de primera instancia sobre la urgencia de adoptar medidas que garanticen el cumplimiento de las órdenes incluidas en la parte resolutiva de la providencia T-475/17, teniendo en cuenta su esencia y fundamentos”.

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Modificado por última vez en Martes, 27 Julio 2021 08:15