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Declarar la cancelación de un título minero, por no responder un requerimiento de acreditación del pago de las regalías, está por fuera de lo consagrado en la norma: Consejo de Estado

Escrito por  Jul 14, 2021

Para la Sala, el problema jurídico que plantea la demanda corresponde a un debate interpretativo sobre el contenido normativo del numeral 4 del artículo 76 del Decreto 2655 de 1988 (Código de Minas, sobre el no pago oportuno de los impuestos específicos, participaciones y regalías establecidas), pero para la Corporación, la causal de falsa motivación invocada no se encuentra configurada.

La comprensión del contenido y forma de cumplimiento de la obligación del pago de las regalías va mucho más allá de una lectura aislada y exegética de la norma estudiada, que consagra su inobservancia como causal de cancelación de los títulos mineros. “Contrario a lo argumentado por el actor, una interpretación sistemática de las normas relativas al cumplimiento de las obligaciones de contenido económico derivadas de la licencia de explotación minera permite concluir que la demostración del pago de las regalías hace parte integrante de la obligación que tiene el titular minero”.

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Modificado por última vez en Miércoles, 14 Julio 2021 07:40