El Salvamento de voto se aparta de la decisión, dado que “los jueces no están para formular la política pública de entrega de estas ayudas, ni para controlar su ejecución”.
Con Salvamento de voto del Magistrado Guillermo Sánchez Luque, la sección Tercera del Consejo de Estado concedió la solicitud de amparo presentada por la Procuraduría General de la Nación, en calidad de agente oficioso de los pueblos indígenas en comento.
El Salvamento de voto se aparta de la decisión, dado que “los jueces no están para formular la política pública de entrega de estas ayudas, ni para controlar su ejecución”.