La Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que el literal e) del artículo 1 de la Ley 2003 de 2019 desconoce los fines y propósitos superiores que debe perseguir la actividad legislativa, particularmente la satisfacción del interés general y el bien común. “La Sala verificó que el propósito de la iniciativa, relativo a que los congresistas expertos en determinada materia o que
La Corte estudió el “régimen constitucional de inhabilidades, haciendo especial énfasis en la restricción que existe para el legislador de extender el alcance de las inhabilidades expresa y completamente dispuestas por el Constituyente. Con esto en cuenta, determinó que las disposiciones superiores relevantes para la solución del caso concreto resultaban ser tanto el artículo
La Corte declaró inexequible la expresión “y sus excedentes si los hubiere serán consignados a orden del tesoro nacional” contenida en el último inciso del artículo 116 de la Ley 1955 de 2019, “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. ‘Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad’”. “Esta Corporación explicó la naturaleza y funcionamiento general de los proyectos
La Sala Plena de la Corte Constitucional “analizó las acciones de tutela presentadas por varios ciudadanos en calidad de gobernadores del Resguardo de Yascual, que hace parte del gran pueblo indígena de Los Pastos, con el fin de que a los etnoeducadores de la comunidad les sea aplicado el Decreto 2277 de 1979 (escalafón docente) modificado por el Decreto 85 de 1980, en
“La Corte evidenció el escenario de desprotección que enfrentan las personas que padecen VIH o SIDA en el marco de un proceso de selección laboral, en el cual, debido a la ausencia de una relación de trabajo constituida, son objeto de tratos excluyentes y discriminatorios”. Exhortó “al Ministerio del Trabajo para que atienda oportunamente las quejas en procesos de selección
“Advierte el Despacho, que después de realizar el análisis del acto demandado y su confrontación con la norma que se alega vulnerada, se observa que el oficio objeto de la solicitud de medida cautelar, no la desconoce, con fundamento en lo siguiente: El artículo 90 del Estatuto Tributario, es una norma general que regula la determinación de la renta bruta o la pérdida
Para la Sala, “la condena en costas procede contra la parte vencida en el proceso o en el recurso, con independencia de las causas de la decisión desfavorable, pero ello no es óbice para que se exija “prueba de su existencia, de su utilidad y de que correspondan a actuaciones autorizadas por la ley”, como lo expresó la Sección en las sentencias que se reiteran. En el caso se
La Sección ha señalado que «la imposición de la sanción por inexactitud conforme lo establece el artículo 647 ibídem y la sanción calculada en los términos del artículo 647 ib. vulnera el principio “non bis in ídem”, al sancionar dos veces la misma conducta». “El artículo 647 del Estatuto Tributario establece que, procede la sanción por inexactitud, entre otros eventos, cuando en
“Al tenor de la postura jurisprudencial que se reitera, el artículo 860 del ET, inciso primero, prescribe que, para que se acceda a la solicitud devolución con presentación de garantía, el negocio jurídico que la otorga debe contar con los siguientes elementos definitorios: (I) que se trate de una «garantía»; (II) expedida a favor de la Nación; (III) emitida por entidades bancarias o
Providencia del Consejo de Estado analizó el régimen contractual de la universidad pública. “No obstante, el régimen de contratación de este tipo de entidades no es absolutamente privado, pues, como lo establece el parágrafo del precitado artículo 93, hay tipos contractuales, como el de empréstito, que deben someterse a lo prescrito en el Estatuto General de Contratación. De