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Para el Consejo de Estado resultó improcedente emitir un pronunciamiento de fondo, en la que una ESE encargó a un particular la facturación de los servicios de salud y su recaudo, dado que ésta debió demandarse mediante acción de nulidad

Escrito por  Sep 13, 2021

Para la Sala, si la causa del daño radicaba en la presunta ilegalidad de un acto administrativo que no tiene carácter contractual, la acción procedente es la de nulidad y restablecimiento del derecho. Si la demandante estaba en desacuerdo con los fundamentos que llevaron al liquidador a negar el reconocimiento de las acreencias, debió pedir la nulidad de tales actos

administrativos aduciendo su falsa motivación jurídica. En definitiva, la demandante persiguió obtener en un acto jurisdiccional el reconocimiento de derechos que se le negaron en actos de contenido administrativo, cuya legalidad no fue debatida en el proceso. 

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Modificado por última vez en Sábado, 11 Septiembre 2021 11:57