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Lunes, 13 Mayo 2024

Edición 1161 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

Las medidas se dividen en 2, pasivas y activas. Las pasivas son aquellas que se incorporan en el diseño arquitectónico de las edificaciones y propenden el aprovechamiento de las condiciones ambientales del entorno. Mientras que las medidas activas son las que comprenden el uso del sistema mecánico y/o eléctrico para crear condiciones del confort al interior de las edificaciones.

A través del acto administrativo se decide adicionar los folios 500, 501, 502, 503, 504 505, 506, 507 y modificar y actualizar los perfiles contenidos en los folios números 364, 365, 366, 383, 384, 385, 386, 387, 388, 404, 405, 406, 413, 414, 415, 422 y 423 los cuales fueron adoptados mediante la Resolución 1069 del 15 de julio de 2019, adicionada y modificada por las resoluciones 294 y 530 de 2020.

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El Consejo de Estado  estableció que la prestación de garantía no exime de responsabilidad al ejecutor de la obra, especialmente en contratos de derecho privado.  La obligación se origina en el artículo 2060 del Código Civil. El dueño de la obra debe acreditar las causas del daño, previstas en dicha norma, para que este se le pueda imputar al contratista.

El Consejo de Estado exoneró a la Rama Judicial de responsabilidad patrimonial, frente a los perjuicios que sufrieron dos deudoras del sistema de Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC), por un proceso ejecutivo que terminó con el remate de su vivienda.

El proyecto de norma que se encuentra en estudios pretendería expedir el Reglamento Técnico para los sistemas de retención cinturones de seguridad para u so en vehículos automotor es y remolques, que se fabriquen, importen o comercialicen en Colombia, con el objetivo de prevenir o minimizar riesgos para la vida e integridad de las personas que ocupan vehículos automotores, en caso de accidentes, aceleración o desaceleración abrupta del vehículo, a través del cumplimiento de requisitos técnicos de desempeño de los cinturones de seguridad, así como prevenir prácticas que puedan inducir a error a los consumidores.