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Jueves, 16 Mayo 2024

Edición 1164 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

A través del acto administrativo se prorroga la suspensión de términos de las actuaciones disciplinarias adelantadas en primera instancia por la Vicepresidencia Administrativa y Financiera de la Agencia Nacional de Infraestructura, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del 1 de julio de 2020.

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El Consejo de Estado condenó en costas al Banco Colpatria, al considerar que actuó de forma negligente al presentar una nueva demanda tendiente a obtener una reparación del Banco de la República y el Congreso por los daños ocasionados por la eliminación de la Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC), pese a que ya existe un proceso que busca ese mismo propósito.

Se establece que el servicio público de transporte de pasajeros individual tipo taxi podrá ofrecerse por cualquier medio a partir de las cero horas (00:00) del 1 de junio de 2020. Servicio que habrá de ofrecerse en cumplimiento de los protocolos de bioseguridad establecidos para el efecto por el Ministerio de Salud y Protección Social.

A través del acto administrativo se establece que, durante la vigencia de la medida de aislamiento preventivo obligatorio, quedan suspendidos los términos de revisión y evaluación de proyectos de Asociación Público Privada de Iniciativa Privada en etapa de prefactibilidad y factibilidad, con inclusión del plazo máximo para la entrega del proyecto en etapa de factibilidad.

La iniciativa buscaría derogar la Resolución 1231 de 2016 “Por la cual se adopta el Documento Guía para la Evaluación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial” del Ministerio de Transporte.