A través de la resolución 100-003902-2021 se delegó en la Secretaría General de la Entidad, la suscripción a nombre de la Superintendencia de Sociedades de los acuerdos de pago que se celebren con entidades territoriales en materia de cuotas partes pensionales, cuando éstas acuden a los recursos del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales – FONPET que administra el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
A través del concepto 220-89086-2021 se indica que, sobre el carácter probatorio de los documentos que se ponen a disposición de los accionistas en el ejercicio derecho de inspección y de cuales se guarda reserva, el artículo 165 del Código General del Proceso claramente señala estos medios de prueba con los cuales cuentan las partes para “probar” los supuestos de hecho y jurídicos que fundamentan sus pretensiones.
A través del concepto 220-88996-2021 se indicó que, el albacea con tenencia de bienes, representará las acciones que pertenezcan a la sucesión ilíquida. Siendo varios los albaceas designarán un solo representante, salvo que uno de ellos hubiere sido autorizado por el juez para tal efecto. A falta de albacea, llevará la representación la persona que elijan por mayoría de votos los sucesores reconocidos en el juicio.
El concepto 220-087776-2021 indica que, el Decreto Legislativo 560 de 2020, por el cual se adoptan medidas transitorias especiales en materia de procesos de insolvencia, en el marco del Estado de Emergencia, Económica, Social y Ecológica, ni su Decreto reglamentario 842 de 2020, consagran disposición alguna referente a que tales decretos se puedan aplicar a las sociedades que se encuentran en un proceso de reestructuración de que trata la Ley 550 de 1999.
De acuerdo con el concepto 220-087599-2021, los deudores afectados por la emergencia del COVID 19 podrán celebrar acuerdos de reorganización a través del trámite de negociación de emergencia. Para estos efectos, el deudor deberá presentar un aviso de la intención de iniciar la negociación de emergencia ante el Juez del Concurso, según la Ley 1116 de 2006 en lo pertinente y en los