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Jueves, 24 Septiembre 2026

Edición 1729 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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A través del concepto 220-90981-2021 la Entidad reiteró que la SuperSociedades impartió las instrucciones a las operadoras de libranza o descuento directo sometidas a su vigilancia para el envío trimestral de la información relativa a las tasas de financiamiento de créditos de vivienda, planes complementarios de salud, educación y otros, otorgados bajo la modalidad de libranza.

El concepto 220-90832-2021, indica que en cuanto corresponde al proceso de debida diligencia intensificada, la prevención del riesgo de LA/FT/FPADM abarca la identificación de cada una de las contrapartes y de sus beneficiarios finales como PEP, resultando indiferente el número de sujetos que deban individualizarse en razón de su condición de PEP, ejercicio que no debe resultar dispendioso si el sistema de prevención.

 La Superintendencia de Sociedades, a través de la Resolucion_004067-2021, indicó que la Convocatoria Pública estará abierta para las personas naturales que aspiren a conformar la lista de Administradores y para las personas naturales que aspiren conformar la lista la lista de Revisores Fiscales. “Los Auxiliares de la Justicia inscritos en la Lista creada y administrada por la Superintendencia de Sociedades podrán inscribirse a las Listas de Administradores y Revisores Fiscales, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en la presente Resolución”.

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De acuerdo con el concepto 220-90524-2021 publicado por SuperSociedades, las Entidades Empresariales sometidas a vigilancia o control, están obligadas a reportar los estados financieros de fin de ejercicio, sin necesidad de orden expresa de carácter particular emitida por esta Superintendencia, por mandato del artículo 289 del Código de Comercio.

El concepto 220-90499-2021, indica que las Entidades Empresariales inspeccionadas que hayan sido requeridas y que se encuentren vigiladas por otra superintendencia y que estén en proceso de liquidación voluntaria o las que determinen que NO cumplen con la hipótesis de negocio en marcha a 31 de diciembre de 2020, deben informar tal situación, al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. dirigido al Grupo de Informes Empresariales.