A través del concepto 220-89086-2021 se indica que, sobre el carácter probatorio de los documentos que se ponen a disposición de los accionistas en el ejercicio derecho de inspección y de cuales se guarda reserva, el artículo 165 del Código General del Proceso claramente señala estos medios de prueba con los cuales cuentan las partes para “probar” los supuestos de hecho y jurídicos que fundamentan sus pretensiones.
La declaración de parte, la confesión, el juramento, el testimonio de terceros, el dictamen pericial, la inspección judicial, los documentos, los indicios, los informes y cualesquiera otros medios que sean útiles para la formación del convencimiento del juez
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