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Domingo, 26 Abril 2026

Edición 1628 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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CREG publicó los informes a la fecha del estudio de consultoría que se está adelantando para la evaluación de los modelos de cálculo de energía firme para el cargo por confiabilidad de plantas hidráulicas, eólicas y solares.

De acuerdo con la doctrina publicada por la SSPD, la sobretasa nacional de cuatro pesos ($4 COP) por kilovatio hora de energía eléctrica consumido se destina al pago de las obligaciones financieras en las que incurra el Fondo Empresarial para garantizar la prestación del servicio de energía eléctrica de las empresas de energía eléctrica en toma de posesión en el territorio nacional.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 de la Ley 142 de 1994, una vez transcurridos cinco (5) meses a partir del momento en que se entregó la factura que debía contener un bien o servicio que por error, omisión o investigación de desviaciones significativas no fue cobrado, el prestador respectivo ya no podrá facturarlo, principio que aplica a cualquier componente tarifario,

“Las disposiciones que tratan el alcance y aplicación de las sanciones por variación en la tensión eléctrica fueron establecidas en la Resolución CREG 015 de 2018 incluyendo las características que se deben cumplir en cuanto a la calidad en la prestación del servicio de distribución de energía eléctrica en los STR y SDL que hacen parte del SIN,

De acuerdo con el concepto publicado por la CREG; el precio de bolsa es único para todo el Sistema Interconectado Nacional (SIN) y por ende, este no varía a nivel territorial.  No obstante, las tarifas que se trasladan a los usuarios finales del servicio de energía dependen del porcentaje de energía que cada comercializador de energía compra en el mercado spot y del porcentaje que compra en los contratos que celebran con los generadores, y el precio que acuerden con éstos en dichos contratos.